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  • Descripción es exacto "Desde el advenimiento de la democracia en 1983, varios fueron los proyectos que se presentaron para reemplazar la vieja ley de Radiodifusión N° 22.285, promulgada por la dictadura militar. Pero ninguno llegó a imponerse hasta 2009, con la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522. Proyecto impulsado por el ejecutivo nacional de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Aquel proceso se caracterizó por una participación popular y representativa en todo el país, a partir de la realización de los Foros Participativos de Consulta Pública, lo que colaboró en una construcción más democrática y cooperativa entre el Estado y la sociedad civil. (Baranchuk, 2010)

    Esa norma tomó, entre otros antecedentes, los 21 puntos de la “Coalición por una Radiodifusión Democrática”, colectivo conformado por más de dos mil entidades, entre organizaciones de derechos humanos, sindicales y sociales, asociaciones gremiales y organizaciones de medios, sindicatos, agrupaciones de trabajadores y asociaciones en defensa de la comunicación, permitiendo una colaboración desde varios puntos de vista relacionados con los medios de comunicación. La ley de SCA puso en escena ejes centrales del derecho a la comunicación: democratizar el espacio de la comunicación, promover el acceso para todos los ciudadanos a la comunicación e información y entender que la comunicación y la libertad de expresión son derechos inalienables y fundamentales de todos los ciudadanos.

    Una de las características principales de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual era que instauraba reglas y pautas que lograban organizar el mapa comunicacional, generando mayores espacios para los distintos tipos de prestadores (públicos y privados con y sin fines de lucro), y además normalizaba el manejo de los medios de comunicación, a partir de un nuevo modelo de regulación que establecía límites claros en la distribución y obtención de licencias y autorizaciones, que se harían por concurso público, abierto y permanente. A partir de esta norma ingresaban nuevos licenciatarios al mercado, se acotaba la concentración de los medios imponiendo límites en la tenencia de licencias, fomentaba la industria cultural argentina en la creación de contenidos locales como regionales, lo que permitía a su vez la generación de nuevos puestos de trabajo y reconocía a todos los sectores desplazados que no tenían la posibilidad de ejercer sus derechos, tales como los Pueblos Originarios, las Radios Comunitarias, Cooperativas y las Universidades Nacionales entre otros, quienes ahora podrían prestar servicios de comunicación audiovisual. La ley modificaba también la estructura funcional que hasta el momento regía la comunicación, rompiendo con el manejo desmedido de diferentes medios que mantenían posiciones dominantes en diversos mercados como la radio y la televisión. Otro de los puntos a destacar es que incluía nuevamente al Estado como encargado de promover, distribuir y garantizar dichos derechos, dejando de lado una lógica privada comercial pasando a una etapa de entender a la comunicación como derecho humano. La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, conceptualizaba a la comunicación como un bien social y público, por lo tanto incorporaba para su regulación organismos que fueran colegiados, participativos, con diversidad de voces y multisectorial, que garantizaban una mayor representación de todos los sectores con el fin de lograr una amplia democratización de la comunicación y por sobre todo promover la libertad de expresión de los ciudadanos.

    La norma se aplicó recién en su totalidad en 2013, una vez finalizada la disputa del Gobierno con el grupo Clarín, a raíz de cuatro artículos que según el multimedio afectaban la libertad de expresión y de prensa, y lo obligaba a desinvertir sus unidades de negocios. Pero cuando comenzó el proceso de adecuación, luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia, Clarín fue beneficiado por el accionar de diversos jueces, quienes con varios fallos judiciales, intervinieron en favor del grupo.

    Ahora bien, desde la asunción del nuevo gobierno en diciembre de 2015, el campo de la comunicación ha sido manejado por el Ejecutivo, que ha tomado decisiones plasmadas en decretos de necesidad y urgencia, con el fin de favorecer a unos pocos empresarios y dueños de medios, retrocediendo y posicionándose por fuera de los parámetros y marcos internacionales establecidos por el estado de derecho, en relación a los estándares internacionales de libertad de expresión y la convención de derechos humanos.

    El objetivo de esta investigación es indagar sobre las modificaciones establecidas mediante los Decretos de Necesidad y Urgencia por el Gobierno de Mauricio Macri sobre el núcleo de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522. Por tal motivo, es importante dar cuenta de las causas y consecuencias luego de la implementación de los decretos y cómo estos han cambiado el campo comunicacional afectando y vulnerando derechos esenciales de los ciudadanos, explicar cuál es el rol del Estado y cómo ha transformado una regulación democrática en un escenario sin normas antimonopólicas.

    Hoy los Tratados y Pactos internacionales establecidos en nuestra Constitución Nacional que han sido transgredidos a partir de la aplicación de los decretos son: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto de San José de Costa Rica, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, son vulnerados como resultado de las políticas comunicacionales aplicadas por el gobierno actual.

    El incumplimiento de todas estas facultades por parte del Estado provocó que las diferentes organizaciones que promovieron y defendieron la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, solicitaran ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, en abril de 2016 una audiencia, con el fin de exponer porqué el gobierno vulneraba derechos de los ciudadanos y cómo los decretos cercenan actualmente facultades esenciales que conforman un estado de derecho."
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